La CNMV pone coto a la publicidad de criptoactivos

Publicidad de criptomonedas

El próximo día 17 de febrero 2022 entra en vigor la circular preparada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) para regular la publicidad de criptoactivos cuando se presentan como objeto de inversión. Tras varios meses de peticiones por parte de las asociaciones de consumidores, la medida nace con la finalidad de proteger a inversores que hoy en día se ven abrumados con publicidad no controlada y establece el ámbito de actuación de la propia CNMV en materia de supervisión y control publicitario de los criptoactivos.

Así, tal y como se indica en la circular, toda publicidad realizada sobre criptomonedas deberá ser clara, equilibrada, imparcial y veraz (entendida como no engañosa). El lenguaje utilizado tendrá que ser sencillo y fácil de comprender y se evitará la omisión de información relevante o la inclusión de información ambigua, sesgada, incompleta o contradictoria que pueda inducir a confusión.

Los artículos publicados por cualquier medio o cualquier comunicación que sea patrocinada o promocionada deberán incluir una mención clara y visible de esta condición. Se pretende así evitar la publicidad encubierta o patrocinada por personajes públicos

Del mismo modo, las comunicaciones comerciales y publicitarias que faciliten información sobre el coste o rentabilidad de un criptoactivo deberán indicar la información de manera clara, actual, exacta y suficiente, adecuada a su naturaleza y complejidad, las características de los medios de difusión utilizados y el público objetivo al que se dirijan. En este sentido, deberán evitarse referencias a rentabilidades pasadas (y si se hiciese, deberán cumplir con los requisitos dispuestos por la CNMV).

 

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Control de las campañas  publicitarias masivas

El principal foco de atención de la CNMV es controlar las campañas de publicidad de criptomonedas masivas en medios de gran difusión (como redes sociales, soportes audiovisuales, medios impresos, etc.), entendiendo “campañas masivas” como aquellas dirigidas a más de 100.000 personas. En estos casos, el responsable de la campaña deberá comunicar con carácter previo a la Comisión la acción a llevar a cabo. Igualmente, la CNMV se reserva la posibilidad de exigir comunicación previa en campañas que, aunque no tengan un alcance masivo como tal, se consideren de impacto e incluso, se reserva la capacidad de veto.

La circular especifica  también que todas aquellas comunicaciones comerciales y publicitarias que se realicen sobre criptoactivos, deberán incluir los riesgos del producto que se publicita y, en concreto, deberán incluir la siguiente advertencia “Los criptoactivos no están regulados, pueden no ser adecuados para inversores minoristas y perderse la totalidad de la inversión”.

Con esta iniciativa, la CNMV pretende mitigar los riesgos potenciales que se observan en el mercado de criptoactivos, favoreciendo así la transparencia del mercado, la protección de los inversores y evitar fraudes. La inversión en criptomonedas conlleva riesgos y obligaciones que hay que conocer previamente, por lo que contar con un especialista en el mercado de criptomonedas puede ahorrar muchos dolores de cabeza en el futuro.

 

 


Sobre los autores:

Abogada derecho digital

Elena Chueca

Abogada mercantilista

DiG Abogados

 

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