El pasado mes de julio de 2018 la Ley de Presupuestos Generales del Estado modificó la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas previendo una nueva deducción en el IRPF por maternidad de hasta 1.000 euros adicionales cuando el contribuyente hubiera satisfecho gastos por la custodia de un hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
A efectos prácticos esta nueva deducción en el IRPF, consiste en que las mujeres con hijos menores de tres años, con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes que realicen una actividad por cuenta propia o ajena y por la cual estén dadas de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social.
Es decir, podrán reducir el importe a pagar en su declaración de la renta hasta en 1.000 euros anuales por cada hijo menor de tres años cuando satisfagan gastos de custodia en los centros citados anteriormente.
En el año en que el hijo menor cumple los tres años, se podrá aplicar la deducción respecto de los gastos que se hayan incurrido con posterioridad al cumplimiento de dicha edad, hasta el mes anterior a aquél en el que pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil.
Para la aplicación de este incremento de la deducción de maternidad, los obligados a suministrar la información, relativa a los menores y los gastos que den derecho a la aplicación del incremento, serán los centros en los que los menores hayan permanecido cuidados. Es decir, las guarderías.
El pasado 21 de diciembre se aprobó la declaración informativa (modelo 233) por la cual las guarderías y centros de educación infantil autorizados deben comunicar a la Administración Tributaria los gastos incurridos por madres con derecho a la deducción.
El plazo de presentación del modelo 233 será el mes de enero de cada año aunque, excepcionalmente, para el 2019 el plazo de presentación será el comprendido entre el 1 de enero y el 15 de febrero.
Sobre el autor:
Francisco Soto
Economista