El 24 de abril de 2024, la Generalitat de Cataluña implementó nuevas medidas urgentes en el ámbito de la vivienda. Estas medidas establecen un límite máximo de renta para los arrendamientos de temporada y por habitación, y extienden ciertos derechos de los arrendatarios, previstos en la Ley de Arrendamientos Urbanos para viviendas habituales. El incumplimiento de estas normativas puede acarrear sanciones que van desde los 3.000 hasta los 900.000 euros.
Arrendamientos de temporada
¿Qué se entiende por arrendamientos de temporada?
El Decreto Ley 6/2024, de Medidas Urgentes en Materia de Vivienda, establece que los arrendamientos de temporada son aquellos contratos firmados para satisfacer una necesidad temporal de vivienda por motivos profesionales, laborales, educativos, de atención médica, situaciones provisionales mientras se espera la entrega de una nueva vivienda, regreso a la residencia habitual, o cualquier otro uso similar que no implique un uso distinto al de vivienda.
¿Cuáles son las nuevas reglas aplicables a estos arrendamientos?
A los arrendamientos de temporada se les aplicarán las siguientes disposiciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) para arrendamientos de vivienda:
- Fianza: La fianza será de una mensualidad de renta en lugar de dos.
- Determinación y actualización de la Renta y gastos generales: Se aplicarán las medidas de limitación de precios y la repercusión de gastos y servicios generales recogidas en la Ley 12/2023, del derecho a la vivienda, así como el índice estatal de referencia aprobado por el Gobierno el 14 de marzo de 2024.
- Elevación de la Renta por mejoras: Se aplicarán las normas relativas a la elevación de la renta debido a mejoras en la vivienda.
La finalidad temporal del arrendamiento (como por motivos profesionales, estudios, etc.) debe constar explícitamente en el contrato y acreditarse con un documento que debe ser depositado en el registro administrativo correspondiente.
Arrendamientos de vivienda por habitación
Se establece que, en los contratos de arrendamiento de habitaciones o cualquier otro tipo de fragmentación física o contractual, la suma de las rentas pactadas en varios contratos simultáneos en zonas de mercado residencial tensionado no podrá exceder la renta máxima aplicable al arrendamiento de una vivienda completa.
Sanciones por incumplimiento de las nuevas medidas
El incumplimiento de las reglas antes mencionadas se considera una infracción administrativa y está sujeto a las siguientes sanciones, según lo previsto en la Ley 18/2007 del derecho a la vivienda de la Comunidad Autónoma de Cataluña:
Sanciones entre 3.000 € y 900.000 € en los casos de:
- Establecimiento de una renta que exceda el importe máximo permitido en más de un 30%.
- Declaración por sentencia firme de haber calificado fraudulentamente la causa o finalidad del arrendamiento en el contrato (por ejemplo, declarar un arrendamiento de temporada en lugar de un arrendamiento de vivienda).
Sanciones entre 3.000 € y 90.000 € en los casos de:
- Establecimiento de una renta que exceda el importe máximo permitido en un 10% a 30%.
- No especificar la causa o finalidad del arrendamiento en el contrato.
- Repercutir al arrendatario los gastos de gestión inmobiliaria o formalización del contrato.
Sanciones entre 3.000 € y 9.000 € en los casos de:
- Establecimiento de una renta que exceda el importe máximo permitido en hasta un 10%.
Conclusión
El cumplimiento de las normativas de arrendamiento es esencial para evitar sanciones significativas y garantizar una relación justa entre arrendadores y arrendatarios. Si te enfrentas a la gestión de contratos de arrendamiento y necesitas orientación, nuestro equipo de abogados expertos en derecho inmobiliario está aquí para ayudarte. Contacta con nosotros para recibir el asesoramiento y apoyo que necesitas para cumplir con la legislación vigente y proteger tus intereses.