Libros de actas y su presentación

Libros de actas: con fecha límite el día 30 de abril de 2016, las Compañías deberán depositar telemáticamente en el Registro Mercantil al que pertenecen, los libros de actas firmadas de las Juntas de Socios/Accionistas y Consejo de Administración, correspondientes al periodo 1 de enero a 31 de diciembre de 2015, así como el libro de socios/acciones con el detalle de los cambios accionariales que se hubieren producido en el citado periodo

Del mismo modo, las Compañías que no lo hubieran hecho con anterioridad, deberán presentar una certificación firmada de cierre de los libros de actas y socios/acciones que se tuviera en papel.

Desde DiG Abogados nos ponemos a su disposición para cualquier cuestión sobre el particular y dar cumplimiento a dicha obligación antes del 30 de abril próximo.

 


Sobre el autor:

Marcos Jimenez, dig advocats

Marcos Jimenez de Parga

DiG Abogados

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