Nueva Ley de Startups 2023
El pasado 3 de noviembre de 2022, el Congreso de los Diputados aprobó la Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, o más comúnmente conocida como “Ley de Startups”, que se prevé que pueda entrar en vigor el 1 de enero de 2023. Con esta nueva Ley, buscan convertir a España en un país referente en materia de emprendimiento, así como facilitar la inversión en las empresas emergentes de base tecnológica de nuestro país y captación y retención de talento en nuestro territorio.
Aspectos laborales en la nueva Ley de Startups
Tal y como es sabido, las empresas emergentes presentan características específicas que dificultan su encaje en el marco normativo tradicional. El alto riesgo por el contenido innovador que desarrollan, la incertidumbre por el éxito de su modelo de negocio y la necesidad (y dificultad) de financiación, sobre todo en sus fases iniciales, hacen que la captación y retención de trabajadores altamente cualificados sea complicada, por no disponer de un flujo de ingresos estable para remunerarlos mediante los sistemas salariales clásicos.
Novedades legislativas para incentivar la atracción y retención de talento
Ante estas evidentes dificultades, la Ley presenta como uno de sus objetivos principales facilitar una política retributiva que permita a las startups atraer y retener talento. Como medidas para ello, se incorporan las siguientes novedades:
- Se mejora la fiscalidad de las fórmulas retributivas basadas en stock options, es decir la entrega de acciones o participaciones a los empleados. En este sentido, siempre y cuando la entrega de las mismas forme parte de la política retributiva general de la empresa, la exención fiscal por el cobro de estas stock options por parte de los beneficiarios como retribución en especie pasa a 50.000 euros anuales (frente a los ordinarios 12.000 euros anuales que se prevén para el resto de casos en que la empresa que las entrega no tenga la consideración de startup).
- Además, en caso de que los trabajadores percibieran esta retribución en especie derivada de la entrega de stock options por encima de los 50.000 euros anuales anteriormente señalados, su imputación se podrá diferir al periodo impositivo relativo a:
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- Aquel en que el capital de la sociedad sea objeto de admisión a negociación Bolsa o cualquier otro sistema multilateral de negociación (español o extranjero).
- Aquel en que se produzca la salida del patrimonio del contribuyente de la acción o participación correspondiente.
En cualquier caso, transcurrido el plazo de diez años a contar desde la entrega de las acciones o participaciones sin que haya tenido lugar ninguna de las dos circunstancias anteriores, el beneficiario de dichos rendimientos de trabajo deberá imputarlos en el periodo impositivo en el que se haya cumplido el referido plazo de diez años.
Plan de retribución basado en stock options
Hay que tener en cuenta que para poder ejecutar este plan de retribución basado en stock options, la junta general de la sociedad deberá autorizar la adquisición de participaciones propias (hasta un máximo del 20% del capital) para su entrega a los administradores, empleados u otros colaboradores de la empresa, con la exclusiva finalidad de ejecutar un plan de retribución. Además, este sistema de retribución mediante la entrega de participaciones deberá estar previsto en los estatutos mediante acuerdo que incluirá el número máximo de participaciones que se podrán asignar en cada ejercicio, así como el valor de las participaciones que se tome como referencia y el plazo de duración del plan de retribución.
Así pues, las medidas para atraer y retener talento se configuran como uno de los incentivos que esta Ley presenta para favorecer el ecosistema de las empresas emergentes en nuestro país. De este modo, durante este 2023 las startups que incorporen en sus contratos de trabajo un sistema retributivo formado en parte por retribución en especie derivada de stock options, cobrarán un papel fundamental y para ello precisarán de un clausulado específico que regule las condiciones de adquisición de las mismas.
Sobre los autores:
Paula Puigmal
DiG Abogados