Internet of Things (IoT): implicaciones legales

¿Qué es IoT (Internet of Things)?

El término Internet de las Cosas (IoT) fue acuñado en 1999 por el británico Kevin Ashton, para definir a una red que conecta objetos cotidianos a Internet.

En un primer momento esta definición parecía sacada de una película de ficción, sin embargo, hoy en día se ha convertido en una realidad gracias al desarrollo e implementación de las nuevas tecnologías.

Según el estudio de Statista “Dispositivos conectados (Internet de las cosas) a nivel mundial de 2019 a 2030” se prevé que el número de dispositivos conectados (IoT) se triplique a nivel mundial en los próximos años, pasando de aproximadamente 8.740 millones en 2020 a más de 25.400 millones en 2030.

 

Concepto IoT

El término Internet de las Cosas, en ingles Internet of Things, y abreviado IoT, se puede definir como la interconexión de dispositivos y objetos cotidianos a la red de Internet a través de sensores, permitiendo que estos interactúen, generen e intercambien información con una mínima intervención humana.

La implementación de dispositivos IoT promete revolucionar y transformar muchos aspectos de nuestra vida cotidiana, desde los hogares inteligentes con nuevos productos IoT de electrodomésticos, sistemas de cerraduras u otros componentes del hogar; ciudades inteligentes para minimizar el consumo de energía y la congestión; o los wearables como son los relojes, zapatillas o gafas inteligentes… entre otros.

 

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Beneficios que ofrece el IoT

  • Abre nuevas oportunidades de negocio, con la creación de nuevos productos y servicios que se ajusten a las necesidades de los clientes.
  • Ayuda a las empresas en la toma de decisiones, ya que permite gestionar y analizar datos de los clientes en tiempo real, permitiendo un conocimiento de sus preferencias y mejorando la experiencia de usuario.
  • Proporcionan eficiencia y productividad, ya que permiten administrar tiempo, recursos, servicios, energía, entre otras.
  • Ahorro energético. Mediante la monitorización y automatización de procesos de una forma más controlada.
  • Mayor sostenibilidad, mejora el uso de los recursos, utilizándose solo los que son realmente necesarios.

 

Cuestiones legales de Internet of Things

El uso de dispositivos IoT está planteando nuevas cuestiones legales y aumentando los riesgos que existen en torno a Internet y la privacidad de los usuarios.

Cada día se produce un aumento de objetos conectados a Internet, tanto a nivel empresarial como particular, donde se consumen e intercambian datos de carácter privado o de comportamientos, de una manera masiva y continua. Además, esta recogida no conoce de limites transfronterizos, produciéndose un flujo de datos entre distintos países con distinta legislación. Todo ello, tiene grandes implicaciones con respecto a la normativa de protección de datos (RGPD).

Los datos que se recogen o se almacenan pueden sufrir vulneraciones en aspectos como: su confidencialidad, integridad o calidad del dato. Además, los datos podrían ser mal utilizados provocando resultados perjudiciales para los usuarios.

Ante este escenario la implementación de mecanismos de seguridad, la incorporación de estándares mínimos de protección y mecanismos de certificación será una tarea fundamental para garantizar un nivel adecuado de protección de los individuos.

 

Gafas inteligentes y protección de datos

La entidad META, ya ha anunciado la comercialización de la primera generación de sus gafas inteligentes, con la entidad estadounidense Ray-Ban. Ante esto podemos plantearnos cuales son los requisitos fundamentales derivados de la normativa de protección de datos que este nuevo producto debe cumplir.

Deberán cumplir con lo establecido en el artículo 5 Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD), donde se establece que los datos deberán tratarse de manera lícita, legal, transparente; ser recogidos con fines determinados, explícitos y legítimos, así como ser adecuados, pertinentes y limitados a la finalidad indicada; ser exactos, confidenciales, además de tener establecidos unos plazos de conservación limitados.

Además, las entidades responsables deberán cumplir con el artículo 25 del RGPD respecto a la protección de datos desde el diseño y por defecto.

Por otro lado, será necesario realizar evaluaciones de impacto cuando se realicen tratamiento basados en la elaboración de perfiles previo al inicio del tratamiento. Todo ello, en base al artículo 35 del RGPD.

 

 

Ante el potencial impacto del IoT y las nuevas oportunidades de mercado y negocio que ofrece, es fundamental contar con un asesoramiento legal en cuestiones de seguridad y privacidad de los datos. Por ello, enDiG Abogados contamos con un departamento especializado en protección de datosque ofrece asesoramiento jurídico en cuestiones relacionadas con el IoT.

 

 


Sobre el autor:

Abogada Andrea PeláezAndrea Peláez

DiG Abogados

Abogada Digital Law, Blockchain & NFT

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