Más conductas por las que pueden llegar a responder penalmente las empresas

Nuevas conductas penales para las empresas

A medida que se van modificando diferentes normativas de importante calado para la sociedad se aprovecha para dar un nuevo impulso a la Responsabilidad Penal Empresarial. La última ocasión en que se ha producido esta situación (hasta la fecha) ha sido como consecuencia de la aprobación de la “Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual” (la conocida como “Solo sí es sí”).

En concreto, y desde el 7 de Octubre de 2022, se establecen dos nuevos supuestos que pueden llevar asociada la Responsabilidad Penal de las Empresas:

  1. Por un lado, en el conocido como “Delito contra la integridad moral”, el cual se refiere a infligir un trato degradante a otra persona menoscabando su integridad moral. Y esta situación es punible igualmente en el supuesto de la realización reiterada de actos hostiles o humillantes que supongan un grave acoso y se produzcan en el ámbito de cualquier relación laboral o funcionarial y aprovechándose de una relación de superioridad.
  2.  Por otro lado (y al igual que en el supuesto anterior), en el llamado “Delito de acoso sexual” las empresas pueden llegar a ser responsables penalmente si no adoptaron las medidas necesarias para evitar tal conducta en su ámbito.

Posibles consecuencias penales y responsabilidades

En los casos mencionados, se prevé una multa para la persona jurídica que podría superar los tres millones de euros, pudiendo generar igualmente (y entre otras consecuencias jurídicas) la disolución de la Compañía, la suspensión temporal de sus actividades, la intervención judicial o la imposibilidad de obtener subvenciones administrativas.

 

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Una vez más debemos enfatizar la necesidad de la implementación de medidas en el ámbito empresarial que eviten la comisión no sólo de estas conductas, sino también de todas aquellas que pueden llevar asociada una responsabilidad penal empresarial. Conductas que son altamente reprobables respecto a los causantes de las mismas pero que, además, pueden generar un impacto de enorme repercusión para las empresas en que se producen.

 

 


Sobre el autor:

DiG Abogados

Daniel Vigo

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