Cómo constituir una Sociedad Limitada o Sociedad Anónima

Cómo constituir una Sociedad Limitada o Sociedad Anónima en España

La constitución de una sociedad es el primer paso para formalizar un negocio y operar con seguridad jurídica. En España, las formas jurídicas más comunes son la Sociedad Limitada Sociedad Anónima, cada una con sus particularidades en términos de capital, responsabilidad y gestión.

Desde DiG Abogados, sabemos que el proceso puede resultar complejo debido a la cantidad de trámites y documentación necesaria. Por ello, en este artículo explicamos de manera detallada cómo constituir una Sociedad Limitada o una Sociedad Anónima en España, los requisitos, costes y plazos.

Diferencias entre Sociedad Limitada y Sociedad Anónima

Antes de iniciar el proceso de constitución, es fundamental comprender las diferencias entre ambas figuras jurídicas:

Característica Sociedad Limitada (SL) Sociedad Anónima (SA)
Capital social mínimo 3.000 € 60.000 €, con el 25 % desembolsado en la constitución
Número mínimo de socios 1 (puede ser unipersonal) 1 (puede ser unipersonal)
Responsabilidad Limitada al capital aportado Limitada al capital aportado
Transmisión de participaciones Restricciones en la venta de participaciones Mayor facilidad para la venta de acciones
Gestión y administración Más flexible, menos requisitos formales Estructura más compleja, ideal para grandes empresas

La Sociedad Limitada es la opción más elegida por pequeñas y medianas empresas, mientras que la Sociedad Anónima está orientada a grandes empresas y negocios que buscan captar inversores.

Pasos para constituir una Sociedad Limitada o Sociedad Anónima

El procedimiento de constitución de ambas sociedades sigue una serie de pasos administrativos y legales:

1. Certificación negativa del nombre

Antes de iniciar cualquier trámite, se debe solicitar la certificación negativa del nombre en el Registro Mercantil Central para verificar que la denominación elegida no está registrada por otra empresa.

2. Redacción de los Estatutos Sociales

Los Estatutos Sociales son el documento que regula la actividad de la sociedad. Deben incluir:

  • Denominación social
  • Objeto social (actividad de la empresa)
  • Domicilio social
  • Capital social y distribución
  • Órgano de administración y gestión

Los estatutos deben adaptarse a la legislación vigente y las necesidades de los socios, por lo que es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado experto en derecho mercantil.

3. Depósito del capital social

  • En una Sociedad Limitada, es obligatorio aportar un capital mínimo de 3.000 € en una cuenta bancaria a nombre de la empresa.
  • En una Sociedad Anónima, el capital mínimo es de 60.000 €, de los cuales se debe desembolsar al menos el 25 % en la constitución.

El banco emitirá un certificado de depósito del capital, documento indispensable para formalizar la sociedad ante notario.

4. Firma de la escritura pública ante notario

Los socios deben firmar la escritura de constitución ante un notario público. Este documento debe incluir:

  • Los Estatutos Sociales
  • La certificación negativa del nombre
  • El certificado del banco sobre el depósito del capital
  • Datos de los socios y administradores

Sociedad Limitada o Sociedad Anónima

5. Inscripción en el Registro Mercantil

La escritura firmada debe presentarse en el Registro Mercantil de la provincia donde se establezca la empresa.

La inscripción otorga personalidad jurídica a la sociedad, lo que significa que podrá operar legalmente y realizar contratos en su nombre.

6. Obtención del NIF y alta en Hacienda

Para empezar a operar, la sociedad debe:

  • Obtener un NIF provisional en la Agencia Tributaria.
  • Darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
  • Elegir el régimen fiscal aplicable (IVA, Impuesto de Sociedades, etc.).

7. Inscripción en la Seguridad Social

Si la empresa tendrá empleados, es obligatorio:

  • Obtener el código de cuenta de cotización en la Seguridad Social.
  • Dar de alta a los trabajadores en el régimen correspondiente.

Costes y plazos para constituir una sociedad

1. Costes aproximados

Los gastos de constitución dependen de la forma jurídica elegida y los servicios profesionales contratados:

  • Notaría y Registro Mercantil: Entre 200 € y 500 €.
  • Gestoría o asesoría legal: Variable según los servicios prestados.
  • Tasas administrativas: Aproximadamente 100 € – 200 €.
  • Capital social mínimo: 3.000 € en SL y 60.000 € en SA.

2. Plazos del proceso

El tiempo necesario para constituir una sociedad varía, pero generalmente toma entre 2 y 4 semanas, dependiendo de la agilidad en la tramitación de documentos.

Obligaciones fiscales y contables

Una vez constituida la sociedad, es necesario cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Llevar contabilidad conforme al Plan General Contable.
  • Presentar declaraciones fiscales periódicas (IVA, IRPF, Impuesto de Sociedades).
  • Depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil.

Es recomendable contar con un asesor fiscal y contable para garantizar el cumplimiento de todas las normativas.

Preguntas frecuentes 

¿Qué diferencia hay entre una SL y una SA en cuanto a responsabilidad de los socios?

En ambas sociedades, la responsabilidad está limitada al capital aportado, por lo que los socios no responden con su patrimonio personal.

¿Cuánto tiempo se tarda en constituir una SL o una SA?

El proceso suele durar entre 2 y 4 semanas, dependiendo de la rapidez en la obtención de documentos y la inscripción en el Registro Mercantil.

¿Es obligatorio contratar un abogado para constituir una sociedad?

No es obligatorio, pero sí recomendable, especialmente para la redacción de los Estatutos Sociales y el cumplimiento de obligaciones fiscales y mercantiles.

Conclusión

La constitución de una Sociedad Limitada o Sociedad Anónima en España requiere cumplir con una serie de trámites administrativos y legales. La SL es ideal para pequeñas y medianas empresas, mientras que la SA está diseñada para grandes negocios con necesidades de financiación.

Desde DiG Abogados, ofrecemos asesoramiento integral para la creación de empresas, asegurando un proceso eficiente y adaptado a la normativa vigente. Contáctanos para recibir orientación personalizada y garantizar la seguridad de tu empresa desde el primer día.


Resumen sobre Sociedad Limitada o Sociedad Anónima

1. Diferencias entre SL y SA

  • Capital mínimo: 3.000 € (SL) y 60.000 € (SA, con el 25 % desembolsado).
  • Gestión: La SA tiene mayor complejidad y regulación.
  • Transmisión: Restricciones en la SL, más flexible en la SA.

2. Pasos principales

  1. Certificación negativa del nombre en el Registro Mercantil Central.
  2. Redacción de los Estatutos Sociales.
  3. Depósito del capital social en una cuenta bancaria.
  4. Firma de la escritura pública ante notario.
  5. Inscripción en el Registro Mercantil.
  6. Obtención del NIF y alta en Hacienda.
  7. Alta en la Seguridad Social si hay empleados.

3. Costes y plazos

  • Coste: 200 € – 500 € en trámites.
  • Tiempo: 2 a 4 semanas.

4. Obligaciones fiscales

  • Declaraciones fiscales periódicas (IVA, Impuesto de Sociedades).
  • Depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil.

 

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