No hacer testamento sale muy caro

La importancia del testamento

¿Conoces la importancia y relevancia de hacer un testamento? El testamento constituye una manifestación crucial de nuestra última voluntad, ya que define cómo serán distribuidos nuestros bienes una vez fallezcamos. Aunque existen diversos tipos de testamentos, el testamento abierto notarial es el más común y recomendable en España, debido a las amplias ventajas que ofrece en términos de seguridad jurídica y eficacia. En DiG Abogados, somos especialistas en herencias y testamentos, y en este artículo te explicamos por qué otorgar testamento es una decisión imprescindible.

Hacer testamento no solo asegura que nuestra voluntad sea respetada, sino que también previene a nuestros herederos de enfrentar trámites complejos y costosos en el futuro. Sin embargo, no hacerlo, además de implicar la pérdida de control sobre el destino de nuestros bienes, acarrea una serie de inconvenientes tanto legales como económicos para nuestros seres queridos. Este artículo pretende detallar la importancia de otorgar un testamento, las consecuencias de no hacerlo, y los trámites implicados en ambos escenarios, con especial énfasis en la legislación de Cataluña.

 

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¿Por qué hay que redactar y preparar el testamento?

Seguridad jurídica y tranquilidad personal

El testamento es un documento sencillo y accesible en el que una persona decide quiénes serán sus herederos. No es necesario especificar en el momento de su redacción los bienes exactos que se repartirán ni a quién se asignarán, lo que permite que el documento sea flexible y adaptable a cambios en el patrimonio. Esto otorga tranquilidad no solo a quien lo realiza, sino también a los herederos, que se beneficiarán de un proceso de sucesión más claro y directo.

En Cataluña, el único requisito imprescindible para que un testamento sea válido es la designación de uno o varios herederos. Sin embargo, si se desea asignar bienes específicos a determinadas personas, esto puede hacerse a través de un legado. Adicionalmente, el testador puede incluir disposiciones importantes, como la designación de tutores para sus hijos menores o personas con discapacidad, o la fijación de condiciones sobre la herencia (por ejemplo, estipular una edad mínima para que un heredero pueda recibir ciertos bienes). Igualmente, es posible nombrar albaceas o contadores-partidores para supervisar y ejecutar la distribución de la herencia, lo cual puede ser clave en situaciones de potencial conflicto entre herederos.

Es fundamental recordar que, en todos los casos, deben respetarse las legítimas, es decir, la parte de la herencia que la ley obliga a dejar a los herederos forzosos, como los hijos y descendientes, o en su defecto, los ascendientes. En Cataluña, la legítima es de una cuarta parte del valor líquido de la herencia, incluyendo las donaciones realizadas en vida, y puede ser satisfecha en bienes o en dinero.

 

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Ahorro de costes y simplicidad del proceso

El coste de hacer un testamento es relativamente bajo en comparación con los beneficios que otorga. Un testamento notarial en España tiene un precio que oscila entre los 50-75 euros, dependiendo de la extensión del documento. Este gasto mínimo asegura que nuestros herederos se ahorren una serie de complicaciones legales, y evita procedimientos más largos y costosos. Asimismo, es de suma importancia contar con un especialista para preparar un testamento de forma correcta.

En caso de no otorgarlo, los herederos deben afrontar un proceso de sucesión intestada, que implica trámites adicionales y mayores costes. Este proceso, que explicaremos en detalle más adelante, puede prolongarse varios meses y generar tensiones entre los herederos, especialmente cuando no hay claridad sobre la distribución de los bienes.

Consecuencias de NO preparar testamento

Procedimiento de sucesión intestada

Cuando una persona fallece sin haber hecho testamento, la herencia pasa a ser regulada por la ley. En Cataluña, la ley de sucesiones establece un orden de herederos que se sigue estrictamente en ausencia del mismo: hijos, cónyuge o pareja de hecho, ascendientes, hermanos, familiares hasta el cuarto grado y, en último término, la Generalitat de Catalunya.

El problema no radica solo en que el testador pierda la posibilidad de decidir quién recibirá sus bienes, sino que el procedimiento para que los herederos tomen posesión de los mismos se complica. Antes de aceptar la herencia ante notario, se debe tramitar la Declaración de Herederos, un trámite notarial o judicial que certifica quiénes son los herederos legítimos según la ley. Este procedimiento no solo añade tiempo al proceso, sino también un coste significativo.

Para los familiares directos, como hijos y padres, la declaración de herederos se tramita ante notario en el partido judicial donde el fallecido tuvo su último domicilio. Sin embargo, para parientes más lejanos, el proceso debe realizarse en los tribunales, lo que implica plazos más largos y mayores complicaciones.

Coste adicional de la declaración de herederos

El coste de la Declaración de Herederos oscila entre los 200 y 300 euros, dependiendo de la extensión y complejidad del expediente. En comparación con el precio de un testamento, este trámite supone una carga económica considerablemente mayor para los herederos. Además, no siempre es fácil cumplir con los requisitos, como la necesidad de presentar testigos que acrediten la relación del heredero con el fallecido.

En definitiva, no redactar el testamento implica dejar en manos de la ley la distribución de nuestro patrimonio, lo cual puede generar incertidumbre y complicaciones para los herederos. Además, el proceso de sucesión intestada es más largo y más caro, lo que agrava aún más la situación en momentos de duelo familiar.

 

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Ventajas de preparar testamento

Control total sobre la distribución de los bienes

La mayor ventaja de hacer testamento es la capacidad de tener control absoluto sobre cómo y a quién se repartirán nuestros bienes. Esto no solo garantiza que nuestra voluntad sea respetada, sino que también permite evitar posibles conflictos entre los herederos, ya que queda claro qué porcentaje o bienes específicos corresponden a cada uno.

Además, permite tomar decisiones adicionales que pueden tener un impacto significativo en la vida de nuestros seres queridos. Por ejemplo, podemos proteger a nuestros hijos designando tutores o estableciendo condiciones sobre cuándo y cómo deben recibir su parte de la herencia.

Ahorro de tiempo y dinero para los herederos

Al haber otorgado testamento, los herederos solo deberán acudir al notario para aceptar la herencia y cumplir con las formalidades fiscales correspondientes. Este proceso es rápido, claro y económico en comparación con la sucesión intestada. Los trámites innecesarios se evitan y el reparto de los bienes puede realizarse con mayor celeridad, lo cual facilita que los herederos puedan disponer de los mismos sin largas esperas.

En ausencia de testamento, como hemos mencionado, se deben realizar pasos adicionales, como la declaración de herederos, que no solo aumentan el coste, sino que también prolongan innecesariamente el proceso sucesorio.

Flexibilidad y revocabilidad del testamento

Una de las características más importantes del testamento es que puede ser modificado en cualquier momento. Si nuestras circunstancias personales cambian (como el nacimiento de nuevos hijos o la adquisición de bienes significativos), podemos actualizarlo según nuestra nueva situación. Además, el testamento más reciente es siempre el válido, lo que garantiza que nuestra voluntad final sea respetada.

Cabe destacar que redactar el testamento no nos limita a la hora de disponer de nuestros bienes en vida. Podemos vender, donar o disponer de nuestro patrimonio como lo deseemos, sin que el testamento tenga efecto hasta el momento de nuestro fallecimiento.

Conclusión

En definitiva, otorgar testamento es una decisión responsable que garantiza que nuestra voluntad sea respetada y facilita el proceso de sucesión para nuestros herederos. El testamento otorga seguridad jurídica y evita trámites costosos y complicados para quienes nos sobrevivan. En DiG Abogados, somos especialistas en testamentos, herencias y sucesiones, y estamos a su disposición para asesorarle y garantizar que su testamento se ajuste a sus deseos y a la legislación vigente.

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto cuesta hacer un testamento?
El coste de un testamento notarial en España oscila entre los 50 y 65 euros, dependiendo de su extensión.

¿Qué sucede si no hago testamento?
Si no se otorga testamento, los bienes se repartirán según el orden legal de sucesión, lo que implica trámites adicionales como la declaración de herederos, un proceso más largo y costoso.

¿Es posible modificar un testamento?
Sí, el testamento puede modificarse en cualquier momento. El último testamento realizado es el que prevalecerá tras el fallecimiento.

 

En DiG Abogados somos especialistas en testamentos, herencias y sucesiones, quedando a su entera disposición para resolver cualquier duda o problema que le surja al respecto.

 

 


Sobre el autor:

Abogada

Carmen López

DiG Abogados

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