Segunda oportunidad para deudores
La Ley de Segunda Oportunidad en España, formalmente conocida como Ley 25/2015, representa una tabla de salvación para personas físicas, empresarios y autónomos que se encuentran en una situación financiera insostenible. Esta ley permite la reestructuración o cancelación de deudas bajo ciertas condiciones, ofreciendo un respiro significativo a quienes enfrentan dificultades económicas graves.
En DiG Abogados, entendemos la importancia de esta legislación y cómo puede cambiar la vida de muchos de nuestros clientes. A continuación, profundizaremos en los aspectos clave de la Ley de Segunda Oportunidad y cómo puede beneficiarte.
Introducción a la Ley de Segunda Oportunidad
La Ley de Segunda Oportunidad fue promulgada con el objetivo de proporcionar una solución viable a aquellos individuos que, pese a haber actuado de buena fe, no pueden hacer frente a sus obligaciones económicas. Esta legislación es una herramienta poderosa para fomentar la reactivación económica y social de las personas afectadas por sobreendeudamiento, permitiéndoles volver a empezar sin el peso de sus antiguas deudas.
¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal que permite a particulares y autónomos reestructurar sus deudas y, en algunos casos, cancelar una parte significativa de ellas. Para acogerse a esta ley, el deudor debe demostrar que ha actuado de buena fe y que su situación de insolvencia no se debe a su negligencia o mala conducta. Este proceso incluye dos fases principales:
- Acuerdo extrajudicial de pagos (AEP): Una fase preliminar donde el deudor intenta llegar a un acuerdo con sus acreedores para reestructurar las deudas.
- Concurso consecutivo: Si no se llega a un acuerdo en la fase extrajudicial, se puede solicitar un concurso de acreedores que, eventualmente, puede llevar a la exoneración de las deudas.
Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
¿Quiénes pueden acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad está diseñada principalmente para ciudadanos particulares y autónomos. El objetivo principal de esta legislación es permitir la cancelación de la deuda, ofreciendo a las personas una oportunidad para comenzar de nuevo.
Condiciones y requisitos
Para iniciar el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad, es necesario cumplir con varias condiciones especificadas en el texto legal:
- Declaración de insolvencia: Es fundamental que el deudor declare su estado de insolvencia actual o inminente, demostrando que no puede cumplir con sus obligaciones financieras con su patrimonio y sus ingresos.
- No ser declarado culpable en el concurso: Durante el proceso, es crucial que el deudor no sea declarado culpable en el concurso de acreedores. Esto implica que su situación de insolvencia no debe ser el resultado de una gestión irresponsable o fraudulenta de sus finanzas.
- Límite de deuda: La suma total de las deudas no debe superar los 5 millones de euros. Este límite se establece para asegurar que la ley beneficie a aquellos con deudas manejables y no a grandes deudores.
- No haberse acogido previamente: El deudor no puede haber utilizado la Ley de Segunda Oportunidad en los diez años anteriores. Esta restricción evita el abuso del sistema y asegura que la ley se utilice como una medida de última instancia.
- Ausencia de condenas por delitos económicos: No haber sido condenado por delitos económicos o falsedad documental en los diez años anteriores es un requisito esencial. La buena fe del deudor es fundamental, y cualquier antecedente penal relacionado con delitos económicos descalifica al solicitante.
- Buena fe del deudor: El deudor debe demostrar que ha actuado de buena fe durante todo el proceso. Esto incluye intentar negociar un acuerdo extrajudicial de pagos con sus acreedores y no rechazar ofertas de empleo adecuadas.
Cesión de bienes y activos
Para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, es necesario que el deudor ceda todos sus bienes y activos, a excepción de aquellos imprescindibles para el desarrollo de su actividad profesional. Esto incluye herramientas y equipos esenciales como taxis, camiones, maquinaria industrial y locales comerciales. Este requisito asegura que el deudor cumpla con sus obligaciones al máximo de su capacidad, sin obstaculizar su capacidad de generar ingresos futuros.
Liquidación y exoneración de deudas
Una vez que se han liquidado o vendido los bienes del deudor, se puede solicitar la exoneración o cancelación de las deudas al juzgado correspondiente. Este proceso puede parecer complejo, pero en DiG Abogados nos encargamos de todo, asegurando que nuestros clientes no tengan que intervenir directamente y puedan enfocarse en recuperar su estabilidad financiera.
Procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad
¿Cómo se estructura el procedimiento hasta la liberación de las deudas?
El procedimiento se divide en tres partes, tras las cuales, el deudor podrá acceder a la liberación de sus deudas si el Juez así lo concede.
Acuerdo extrajudicial de pagos (AEP)
El primer paso en el procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad es el Acuerdo Extrajudicial de Pagos. En esta fase, se busca un acuerdo entre el deudor y sus acreedores bajo la mediación de un profesional designado (mediador concursal). Este acuerdo puede incluir:
- Reducción de la deuda: Disminución del importe total adeudado.
- Moratorias: Ampliación de los plazos de pago.
- Quitas: Cancelación parcial de la deuda.
Si se alcanza un acuerdo, este será vinculante para todas las partes y permitirá al deudor cumplir con sus obligaciones en términos más manejables.
Concurso consecutivo
Si no se logra un acuerdo extrajudicial, se procede al concurso consecutivo, un proceso judicial donde se evalúa la posibilidad de exonerar las deudas del deudor. Durante este concurso, se pueden tomar varias decisiones, como:
- Liquidación de bienes: Venta de activos del deudor para pagar parte de las deudas.
- Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI): Cancelación de las deudas que no han podido ser satisfechas tras la liquidación de los bienes, siempre que el deudor haya cumplido con los requisitos de buena fe.
¿Qué bienes no serán necesarios liquidar en esta fase?
Como ya se ha dicho, el beneficio de la liberación no se concede sin haber procedido previamente a la liquidación de todo el patrimonio del deudor a excepción de los siguientes bienes que no será necesario liquidar:
- El Salario mínimo inembargable (o pensión o retribución de similar naturaleza) esto es, hasta 950€ en el año 2020. Esto significa que hasta ese importe el dinero que se gane no deberá obtenerse a pagar las deudas. La cantidad superior a esa sí que es embargable según escalas establecidas por Ley. Tampoco son embargables los planes de pensiones, el mobiliario/menaje de la vivienda, los bienes necesarios para la profesión y cualquier otro concepto que por ley no pueda embargarse.
- Los vehículos sólo en caso de que la profesión requiera de ellos (por ejemplo un taxista).
- Bienes sin valor en el mercado .
- Bienes cuyo coste de realización sea manifiestamente desproporcionado respecto a su previsible valor.
- Para el caso de la vivienda, no será necesario la liquidación cuando exista una hipoteca que supere el valor de la vivienda y siempre que se esté al corriente de pago de las cuotas hipotecarias y se puedan pagar los créditos contra la masa.
Exoneración del pasivo insatisfecho
La exoneración del pasivo insatisfecho es uno de los aspectos más beneficiosos de la Ley de Segunda Oportunidad. Permite a los deudores liberarse de sus deudas pendientes tras haber intentado, de buena fe, cumplir con sus obligaciones. Sin embargo, no todas las deudas pueden ser exoneradas. Las excepciones incluyen:
- Deudas con la Seguridad Social.
- Deudas con la Agencia Tributaria.
- Deudas por responsabilidad civil derivada de delitos.
¿Cómo funciona la “liberación” de las deudas?
En primer lugar, destacar que la solicitud de la exoneración de las deudas no implica que directamente el Juez vaya a concederla. Esto dependerá de las deudas que el deudor haya pagado en la anterior fase de concurso. De este modo:
- Vía directa: Si con la liquidación del patrimonio en la fase anterior se han pagado una serie de deudas digamos “obligatorias” (denominadas créditos contra la masa y créditos privilegiados) y se ha llevado a cabo un intento de Acuerdo previo con los Acreedores, se podrá acceder a la vía “directa” y el deudor podrá verse liberado de todo el resto de deudas que quedasen por pagar.
- Vía provisional: Si en la fase anterior con la liquidación del patrimonio no se han podido pagar las deudas “obligatorias” mencionadas con anterioridad, se deberá ir por la vía “provisional” debiendo establecerse un plan de pagos para pagar dichas deudas durante los próximos 5 años. Una vez concluya este plan habiendo pagado esas deudas, se podrá acceder a la exoneración definitiva del resto de deudas “no obligatorias” (igualmente se podrá acceder si pese a no cumplirse el plan de pagos se ha hecho un esfuerzo razonable según Ley)
Esta liberación de deudas puede llegar a ser revocable si se constata la existencia de ingresos bienes o derechos del deudor ocultados, salvo que sean inembargables (además de por otras circunstancias en la vía “provisional”).
Beneficios Ley Segunda Oportunidad
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Reinicio financiero
La Ley de Segunda Oportunidad permite a los deudores empezar de nuevo sin el peso de las deudas anteriores. Tras cumplir con el procedimiento legal y ser exonerado de las deudas, el deudor puede liberarse de una carga financiera que le impedía avanzar, recuperando así su estabilidad económica.
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Reestructuración viable
Esta ley ofrece la posibilidad de renegociar los términos de las deudas en condiciones más favorables. A través de un acuerdo extrajudicial de pagos, el deudor puede ajustar los plazos y condiciones de pago según su capacidad financiera actual, facilitando el cumplimiento de sus obligaciones económicas sin comprometer su subsistencia.
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Protección jurídica
Durante el proceso de aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad, el deudor recibe protección jurídica, lo que le protege de acciones legales que puedan empeorar su situación financiera. La intervención judicial y la supervisión de los procedimientos garantizan que los derechos del deudor sean respetados y que el proceso sea justo y equitativo.
Limitaciones Ley Segunda Oportunidad
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Deudas no exonerables
Una limitación significativa de la Ley de Segunda Oportunidad es que algunas deudas, como las fiscales y de seguridad social, no pueden ser canceladas. El deudor seguirá siendo responsable de estas obligaciones incluso después de la exoneración de otras deudas, lo que puede ser un obstáculo importante para quienes deben a entidades públicas.
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Requisitos estrictos
Para acogerse a la ley, el deudor debe cumplir con estrictos requisitos de buena fe, como intentar llegar a un acuerdo extrajudicial con los acreedores antes de solicitar la exoneración de deudas. Esto busca evitar el abuso de la ley y asegurar que solo quienes realmente lo necesitan se beneficien de ella, pero puede ser una barrera para quienes no pueden demostrar suficientemente su buena fe o no logran negociar un acuerdo.
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Impacto en el patrimonio
El posible impacto en el patrimonio del deudor es otra limitación importante. A menudo, para satisfacer parte de las deudas, se requiere la liquidación de bienes personales, lo que puede resultar en la pérdida de propiedades, vehículos u otros activos. Este sacrificio es considerable y puede afectar significativamente la vida del deudor, aunque es necesario para obtener la exoneración de las deudas restantes.
Preguntas frecuentes
¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad si tengo deudas con la Seguridad Social o Hacienda?
Sí, puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad incluso si tienes deudas con la Seguridad Social o Hacienda, aunque estas deudas no pueden ser exoneradas y deberán ser pagadas íntegramente.
¿Cuánto tiempo dura el procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad?
La duración del procedimiento puede variar dependiendo de la complejidad del caso y de la disposición de los acreedores a negociar. En promedio, puede durar entre seis meses y un año.
¿Qué pasa si no cumplo con los requisitos de buena fe?
Si no cumples con los requisitos de buena fe, no podrás beneficiarte de la exoneración del pasivo insatisfecho. Es fundamental demostrar que has actuado correctamente y que tu insolvencia no se debe a una mala gestión deliberada.
¿Qué sucede con mi vivienda durante el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad?
La vivienda habitual del deudor puede ser protegida en ciertos casos, especialmente si se demuestra que su pérdida generaría una situación de extrema necesidad. Sin embargo, cada caso es único y debe ser evaluado cuidadosamente.
¿Puedo volver a endeudarme después de acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?
Sí, puedes volver a endeudarte después de acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad, pero es fundamental gestionar las finanzas con prudencia para evitar caer nuevamente en una situación de insolvencia.
Conclusión
La Ley de Segunda Oportunidad representa una herramienta esencial para aquellos que se encuentran en una situación financiera insostenible, permitiendo la reestructuración y, en algunos casos, la cancelación de deudas.
Si te encuentras en una situación de insolvencia y buscas una solución efectiva, no dudes en contactarnos para explorar cómo la Ley de Segunda Oportunidad puede ayudarte a recuperar tu estabilidad financiera y empezar de nuevo con una base sólida.