Novedades de ley del impuesto sobre sociedades

Que es la ley del impuesto sobre sociedades y como funciona:

A continuación, resumimos las 10 reformas más relevantes de la nueva ley 27/2014 de ley del impuesto sobre sociedades, publicada en el BOE el 27 de Noviembre del 2014 y aplicable, en su mayoría, a partir del 1 de Enero del 2015:

1. Ampliación de la base imponible:

No serán deducibles las pérdidas por deterioro del inmovilizado material, inversiones inmobiliarias, inmovilizado intangible incluido el fondo de comercio, así como de los valores de renta fija.

2. Retribución de administradores:

Las retribuciones a los administradores por el desempeño de funciones distintas a las correspondientes a su cargo serán deducibles.

3. Reserva de capitalización:

Es aplicable a todas las sociedades y consiste en una reducción en la base imponible del 10% del importe del incremento de sus fondos propios (excluyendo operaciones societarias), siempre que se cumplan algunos requisitos.

4. Modificación del tipo de gravamen:

 

2014 2015 2016
General 30% 28% 25%
Pymes 25%-30% 25%-28% 25%
Micropymes 20%-25% 25% 25%
Nueva constitución 15%-20% 15%

15%

5. Bases imponibles negativas:

No caducarán las bases imponibles negativas pendientes de compensación.

A partir de 2016 sólo se puede compensar el 70% de la base imponible previa a la aplicación de la reserva de capitalización, con un mínimo de 1 M €.

6. Consolidación fiscal:

La sociedad dominante del grupo fiscal poseerá, de forma directa o indirecta, al menos el 75% del capital y la mayoría de los derechos de voto de las entidades incluidas en el perímetro de consolidación.

7. Régimen especial de fusiones y escisiones:

La Administración tributaria determinará la in aplicación parcial o total del régimen, eliminando sólo los efectos de la ventaja fiscal obtenida.

8. Retenciones:

La retención aplicable con carácter general se reduce del 21% al 20% en 2015 al 19% en 2016. Para profesionales será del 19% y 18% respectivamente.

9. Doble imposición:

Están exentos los dividendos y las rentas positivas derivadas de la transmisión de la participación en entidades con los siguientes requisitos:

  • La participación, directa o indirecta, debe ser superior al 5% o la inversión superior a 20 M
  • La sociedad participada no residente haya estado sujeta a un tipo nominal no inferior al 10%.

Si no se cumple estos requisitos el socio de la entidad residente tributará al tipo general y el de la no residente aplicará la deducción por doble imposición internacional

10. Empresas de reducida dimensión:

Se introduce la reserva de nivelación de bases imponibles negativas, lo que supone una reducción de la base imponible del año hasta un 10% de su importe siempre que se constituya una reserva indisponible, con el límite máximo de 1 M €.


Sobre el autor:

Xavier Vales DiG Abogados barcelona fiscal

Xavier Vales

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