Nuevas restricciones
Desde finales de agosto de 2021, se encuentran vigentes las nuevas restricciones de publicidad de casas de apuestas y juegos de azar. El pasado día 31 de agosto 2021 entró en vigor en España el Real Decreto 958/2020 de 3 de noviembre de comunicaciones comerciales de las actividades de juego, que restringe en gran medida la publicidad de casas de apuestas y juegos de azar con la finalidad de minimizar los riesgos que puedan conducir a los consumidores a patologías relacionadas con estas actividades.
Nuevas medidas para la regulación de la publicidad de casas de apuestas y juegos de azar
- En relación con el patrocinio deportivo, las marcas de operadores de juego o casas de apuestas no podrán ser mostradas en equipaciones deportivas, ni ser parte de nombres de equipos, estadios o competiciones. Esto implica que los clubes deportivos no podrán suscribir contratos con este tipo de empresas que conlleven mostrar al público su marca.
- La publicidad de apuestas y juegos de azar queda prohibida en radio y televisión (incluido YouTube, Twitch, etc.) fuera del rango horario de 1.00 a 5.00 de la madrugada, lo que incluye competiciones deportivas celebradas fuera de esa franja.
- Para una mayor protección de los menores, se habilita un control parental que bloquee este tipo de publicidad online la cual, en ningún caso puede dirigirse a menores de edad.
- La publicidad en Internet (email, redes sociales, etc.) únicamente está permitida cuando media consentimiento del receptor.
- Queda prohibida la utilización de la imagen de personajes famosos o de notoriedad pública (tanto reales como ficticios) en la publicidad de este tipo de empresas.
- Quedan prohibidos los bonos de captación de clientes. Los operadores únicamente podrán dirigir sus ofertas a clientes verificados, en ningún caso a clientes con patologías relacionadas con el juego.
Sanciones por incumplimiento
La Dirección General de Ordenación de Juego será la encargada de asegurar que las medidas aprobadas en el Real Decreto se cumplan y, si fuese necesario, sancionar a aquellos que las infrinjan con multas que pueden ir desde los 100.000€ hasta el millón de euros o la suspensión del negocio durante 6 meses.
Pese a haber estado rodeada de constante polémica, lo cierto es que la normativa reguladora ya se encuentra en vigor y, durante los próximos meses, podremos ver tanto su alcance real como la manera concreta en la que se implementan las medidas acordadas. De ese modo, las nuevas restricciones de publicidad de casas de apuestas y juegos de azar suponen un importante cambio para una industria que está en constante crecimiento.
Sobre los autores:
Abogada mercantilista
DiG Abogados